miércoles, 7 de abril de 2010

El Derecho De Alumbrado Público

Muchos han opinado sobre el cobro del Derecho de Alumbrado Público y se ha reiterado que es un cobro inconstitucional y que así ha sido declarado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

El diputado priista Rigoberto Salazar Velasco, considera como movimiento político a los amparos contra el Derecho de Alumbrado Público (DAP) y defendió su constitucionalidad ante una eventual afectación a los diez ayuntamientos.

En rueda de prensa, el legislador sostuvo que la Carta Magna obliga a los gobiernos municipales a brindar servicios a la población, como el alumbrado público, pero también el documento da atribuciones para cobrar un impuesto para ello.

“Es un servicio en términos del artículo 115 constitucional, le corresponde otorgar al municipio además de establecerse en el mismo precepto que el municipio percibirá ingresos por los servicios que se encuentren a su cargo determinándose así la constitucionalidad del cobro por el derecho al alumbrado público, quiere decir que lo prevé la Constitución”, afirmó.

No obstante, admitió que es en la forma de cobrarlo las quejas sobre su ilegalidad “el cobro del DAP se ha declarado en casos inconstitucional, lo cual se ha dado por la forma para establecer el cobro y no por el cobro mismo”, sostuvo.

Informó que en otros estados, como Coahuila y Guanajuato, se ha cambiado la forma de cobrarlo “en donde el criterio es como una cuestión constitucional, es usar como parámetro el total del metro lineales una tienda departamental, oficina, casa habitación para fijar la tarifa de este cobro por el servicio de alumbrado público”.
A pesar de ello, aseguró que la Comisión de Hacienda y Presupuesto y Fiscalización de los Recursos Públicos está en un análisis del tema para buscar alternativas de solución, “porque no hay que perder de vista que uno de los principales problemas que tenemos ahorita es la carencia de recursos en los ayuntamientos”, dijo. (Avanzada 11/feb/2010)

Al respecto, varias empresas e instituciones han presentado solicitud de amparo para no ser sujetos de este cobro y han ganado los juicios, entre ellos la Universidad de Colima, Apasco, Las Encinas, etc. Parece que no se ha precisado por qué este impuesto es inconstitucional, el diputado Rigoberto Salazar dice que se alude la ilegalidad por la forma de cobrarlo o por la forma de establecer el cobro y no por el cobro mismo.

Hay quienes consideran que los metros lineales del frente de una casa sirven para determinarlo y no es así, es un cobro al consumo de energía eléctrica, que consiste en agregar al costo de la energía que consume un usuario mediante recibo que emite la Comisión Federal de Electricidad, un 10% adicional por concepto de DAP.

La inconformidad que se expresa no es por motivos políticos, pues su cobro beneficia a los ayuntamientos priistas, panistas, perredistas o de cualquier color y afecta por igual a todos los militantes de los partidos políticos, no lo establece tampoco el Gobierno del Estado, la inconformidad es porque se hace un cobro que a todas luces es inconstitucional y que en muchos casos los diputados locales no entienden por qué y por eso hacen declaraciones imprecisas sobre el tema y buscan justificantes para cobrar lo que nada tiene que ver con la legalidad y mucho menos con la constitucionalidad de dicho cobro.

El punto es que hace aproximadamente 40 años, la legislatura local, al igual que lo han hecho otras legislaturas, aprobó mediante un decreto y modificaciones a las leyes de hacienda municipales, el cobro del 10% sobre el consumo de energía eléctrica para todo tipo de consumidores.

Este impuesto lo recauda la Comisión Federal de Electricidad y su monto se abona a lo que el municipio debe pagar a la CFE por concepto de alumbrado público; en algunos casos, los ayuntamientos reciben un sobrante, pero en la mayoría de las ocasiones, aportan una cantidad para completar el pago total.

Hace muchos años, una legislatura local aprobó el DAP, en contra de lo que establece la Constitución, violando la Carta Magna y atribuyéndose facultades que no tenía y que no tienen las legislaturas locales, que es la de legislar en materia de energía eléctrica y al gravar el consumo de la misma a través de la legislación local y municipal aprobada por el Congreso del Estado, legislaron sobre una materia, energía eléctrica, que es competencia exclusiva del Congreso de la Unión, pues así se establece en el artículo 73 fracciones X y XXIX que a la letra dice:

DE LAS FACULTADES DEL CONGRESO DE LA UNIÓN

Articulo 73. El Congreso tiene facultad:

X. Para legislar en toda la República sobre hidrocarburos, minería, sustancias y químicas, explosivos, pirotecnia, industria cinematográfica, comercio, juego con apuestas y sorteos, intermediación y servicios financieros, energía eléctrica y nuclear y para expedir las leyes del trabajo reglamentarias del artículo 123.

XXIX. Para Establecer contribuciones

5º. Especiales sobre

a) Energía eléctrica

En consecuencia, esos diputados locales invadieron competencias del Congreso de la Unión, violaron la Constitución y por eso es inconstitucional.

Por lo tanto, afirmar que el cobro del DAP es Constitucional, por el solo hecho de que la Constitución General de la República, en el artículo 115, faculta a los ayuntamientos a cobrar los servicios públicos, es un grave error.

También es un error considerar que la pobreza de las finanzas municipales justifica y valida violar la ley para que los municipios tengan recursos indebidos para pagar el alumbrado público, porque suponer esto es como afirmar que la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado, que tiene serios problemas financieros y adeudos que gravan y afectan su buen desempeño, se justifique ante la pobreza financiera y decida obtener recursos de manera ilegal, vendiendo droga y dedicándose al narcomenudeo, esto sería absurdo, además de ilegal, como lo es también el cobro del DAP.

La pobreza o la falta de recursos no valida, ni legitima, que personas o instituciones y mucho menos el gobierno en cualquiera de sus niveles, recurra a la ilegalidad para sanear sus finanzas.

En consecuencia, si otra legislatura local violó la Constitución, invadió competencias del Congreso de la Unión y ha autorizado por años el cobro ilegal del DAP, debe ser el propio congreso local el que corrija o enmiende esta violación constitucional y se retorne en este aspecto al cumplimiento de la ley y al fortalecimiento del Estado de Derecho.

El tema no es político, en su origen es jurídico y afecta a la política, porque los diputados locales protestaron cumplir y hacer cumplir la Constitución General de la República, y aquí se ha violado, no se ha respetado, ni se ha hecho respetar.

Quizás en otras legislaturas y en otros tiempos, la gente no protestó, ni las autoridades se dieron cuenta de la ilegalidad, de la que se enteraron cuando la Suprema Corte de Justicia de la Nación, hace pocos años, declaró inconstitucional dicho cobro, pero ya siendo del conocimiento de todos de que el DAP es inconstitucional, los diputados locales deben modificar las leyes de hacienda de los municipios para derogar este ilegal cobro.

Vamos a ver de qué están hechos nuestros diputados locales, pues en lugar de justificar una disposición inconstitucional, deberían buscar una forma jurídica que no viole la Constitución y que le permita a los municipios tener más ingresos para que no sigan violando la ley.

ALCALDE PANISTA MAFIOSO

Recordemos que en año 2009, unos meses antes de la elección federal, el Gobierno de la República, a través de su Procuraduría General, giro orden de aprehensión contra 12 presidentes municipales del Estado de Michoacán y contra 11 funcionarios de la administración gubernamental de Michoacán, de extracción perredista.

Cuando eso sucedió la gran mayoría de analistas políticos y desde luego el perredismo nacional, lo consideraron como una agresión y una medida electoral para desprestigiar a la izquierda michoacana, para que el PRD perdiera las elecciones en ese Estado del que es originario el Presidente Calderón y en el que en una ocasión compitió para gobernador y perdió.

Casi un año después, ahora en el 2010, esas personas arrestadas fueron puestas en libertad al no encontrarse pruebas suficientes que los vincularan con el narcotráfico o crimen organizado.

Desde mi punto de vista, el año pasado los arrestaron por motivos políticos, por la elección del 2009, y ahora los liberan también por motivos políticos, también por la elección del 2010; o sea, que el año pasado cuando los arrestaron, el panismo y el perredismo eran enemigos acérrimos en la elección del 2009, y ahora en las elecciones del 2010, van PRD y PAN de aliados y han olvidado sus diferencias y agravios reiterados.

Por eso está claro por qué los liberan: el panismo, que gobierna a nivel federal, pactó con el perredismo liberar a los perredistas michoacanos, presuntamente ligados con el narco, y este tema merece por sí solo el comentario, pero más cuando vemos como tratan desde la Procuraduría General de la República a los alcaldes panistas, veamos:

El Alcalde de San Pedro Garza García de Nuevo León, Mauricio Fernández de la Garza, reconoció que una de las personas detenidas por la Marina es de los informantes de su “grupo rudo”, pero dijo desconocer que tuviera alguna relación con el Cártel de los Beltrán Leyva.

Alberto Mendoza Contreras, “El Chico Malo”, fue detenido en un operativo en el que fueron capturadas otras cuatro personas y presentado como quien tomó el liderazgo del Cártel de los Beltrán en San Pedro, desde 2009.

Fernández dijo que conocía a Mendoza como Beto, a quien vio personalmente al menos en tres ocasiones y proporcionó al Municipio información puntual y valiosa.

“Lo conocía simplemente por un apodo. No sabía que le decían “Chico Malo” ni nada. Yo simplemente lo conocía como un informante que se llamaba Beto (…) pero yo no tenía ninguna información de que le dijeran “Chico Malo”. Yo no sabía ni su apellido”, afirmó el Alcalde.

¿Pero no sabía que estaba relacionado con el Cártel de los Beltrán Leyva?, se le preguntó.

“Yo lo que sabía es que tenía acceso-y, como te digo, muy puntual y muy positiva- a mucha información que nos proporcionó. Yo no juzgo, no te pido un curriculum, como le llames, si me traes información”, respondió.

“Cuando lo vi en el periódico, pues, sí lo reconocí como Beto”, agregó el Alcalde. “Además, es una persona que personalmente lo vi dos o tres veces en un año. No tenía así contacto para nada con él”, agregó. (Reforma 23/marzo/2010)

O sea, este alcalde panista tuvo relaciones y se reunió varias veces con un narcotraficante, que le daba información sobre el narcotráfico, y lo hizo de manera impune y además involucró a la Secretaría de Gobernación como instancia relacionada con el narcotráfico a cambio de información.

La Secretaría de Gobernación (Segob), apoya emplear informantes para combatir el crimen organizado, dijo el edil de San Pedro Garza García, Nuevo León, Mauricio Fernández.

“Hablé con el secretario de Gobernación, Fernando Gómez Mont, y le pedí que me ayudara a través de los órganos federales del Ejército, de la Marina, de la PGR y del Cisen, y me avisaran los nombres de otras personas que pudieran trabajar como informantes para San Pedro”, dijo el alcalde de extracción panista.

La Secretaría de Gobernación rechazó que haya tenido conocimiento que Alberto Mendoza Contreras, El Chico Malo, colaboraba con la administración del alcalde Mauricio Fernández Garza.

Funcionarios de la SIEDO acudieron a la oficina del alcalde a tomarle la declaración en torno a los señalamientos respecto a que Mendoza Contreras, El Chico Malo, formaba parte de sus informantes.

Reconoció que desde enero el presunto narcotraficante fungía como su informante para obtener información en contra de Los Zetas que operan en la zona.

Al conocer la captura del narcotraficante, ocurrida el 19 de marzo en una operación de infantes de la Marina, declaró públicamente que El Chico Malo era informante de su municipio. Al ser cuestionado por este vínculo con el capo sostuvo que “si el demonio me da información, la compro”. (El Universal 27/marzo/2010)

La Secretaría de Gobernación desmintió su vinculación con informantes relacionados con el narcotráfico y el alcalde de San Pedro Garza García, el panista Mauricio Fernández Garza, se disculpó con el titular de la Secretaría de Gobernación, Fernando Gómez Mont, por haber afirmado que el funcionario federal avaló que tuviera como informante a Alberto Mendoza Contreras, El Chico Malo, detenido por la Secretaría de Marina y señalado como jefe de la plaza para el cártel de los Beltrán Leyva.

El alcalde añadió: “mi tema es erradicar de San Pedro al crimen organizado, pero necesito información para lograrlo y ayudar también con datos para los operativos federales que se ejecuten.

A Propósito

Así no…

1.- La difusión de obscenidades, por parte de una dependencia del gobierno del Estado, con el pretexto de dirigirse a los jóvenes y que estos entiendan el mensaje, es una falta de respeto a la sociedad colimense y en particular, una ofensa hacia los jóvenes a quienes se pretende estigmatizar con que sólo mediante lenguaje soez se puede dialogar con ellos.

Es algo que no se puede pasar por alto, porque está publicado en las calles, sobre todo, lo más grave, con el aval del gobierno y con el logotipo que lo identifica.

Quiero creer que es un error que se puede corregir, pues me resisto a aceptar que ese sea un estilo de gobernar y mucho menos que gobierno y gobernados estemos a ese nivel.

No me espanto, pero si me asombro por el mal gusto y la falta de creatividad.

2.- ¿Qué es la prolongación de la avenida Ignacio Sandoval?

Es la prolongación del gobierno anterior en negocios privados a costa de los bienes públicos.

www.aproposito2004.blogspot.com

5 comentarios:

ecf dijo...

ADMINISTRO MUNICIPIOS SOLO PARA EL SISTEMA DE ALUMBRADO PÚBLICO, DESDE EL TEMA DE LOS INGRESOS QUE DEBEN SER CONSTITUCIONALES (DAP) Y LA DISMINUCIÓN EN LOS MONTOS (EGRESOS) DE PAGOS A C.F.E. PARA OBTENER UN EQUILIBRIO, Y QUE LOS COBROS DE LOS DERECHOS DE ALUMBRADO PÚBLICO DEBEN COBRARSE DE UNA MANERA DIFERENTE COMO LO HACE LA MAYORÍA DE MUNICIPIOS DE MÉXICO, PERO SE REQUIERE PARA CADA MUNICIPIO UN ESTUDIO Y QUE SE ADAPTE UNA NUEVA FORMULA PARA EL COBRO DE ESTOS , SI UN MUNICIPIO COBRA POR PORCENTAJE DE LOS QUE CONSUMEN LOS SUJETOS PASIVOS, TODOS SON COBROS INCONSTITUCIONALES.

ME GUSTARÍA PLATICAR CON USTED PARA ABUNDAR EN EL TEMA QUE LLEVO 10 AÑOS EN SU ANÁLISIS Y SOLUCIONES, PARA QUE LOS MUNICIPIOS TENGAN UN INCREMENTO EN SUS FINANZAS DE FORMA CONSTITUCIONAL DERIVADO DE LA RECAUDACIÓN DE ESTE DERECHO.

GRACIAS ING. ELIGIO CORTES FLORES, TEL 01 222 4622674.

Sergio Hernandez dijo...

Ing. Eligio Cortes Flores, me gustaría me proporcionara su teléfono actualizado, soy Sergio Hernández de Cuernavaca, Morelos, trabajamos juntos en el Ayuntamiento de Cuernavaca con el Lic. Jesús Giles, me urge comunicarme con usted para ver si puede trabajar con nosotros en la nueva administración del Ayuntamiento, Tel. 777 1805794

Malena Mora A. dijo...

Buenas tardes Ing Eligió Cortes me gustaría contactarlo para platicar de este tema soy María Elena Mora A 2214078212

Malena Mora A. dijo...

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