martes, 22 de julio de 2014

VOTO PARA CANDIDATO




Hace unos días leí un artículo que publicó en estas páginas del Diario de Colima mi amigo el maestro Manuel Godina, en la que expresa su preocupación por la forma en que se pudieran contar los votos a favor de candidatos y partidos cuando éstos van en coalición, y deciden dos o tres partidos postular al mismo candidato conforme al convenio de la coalición.   
 Manuel Godina hace referencia “a lo entonces dispuesto en el inciso “C” del artículo 295 del ahora extinto Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe): que señalaba “la suma distrital de tales votos se distribuirá igualitariamente entre los partidos que integran la coalición; de existir fracción, los votos correspondientes se asignarán a los partidos de más alta votación”, texto que se quiere revivir”.
“Si yo emito mi voto por el candidato que postule el PRI, cruzando sólo su emblema, no estaría de acuerdo en que mi sufragio también cuente para la suma de otros partidos, como el Verde, el PT o el Panal, si fueran en alianza con un candidato común, sólo para mantenerlos con vida o asignarles plurinominales. Sostengo que se debe votar por un candidato a un cargo determinado postulado por un partido, pero no se debe utilizar mi voto para favorecer también a partidos con los que no simpatizo y menos sufrago. Con las candidaturas ciudadanas se acabaría con esa farsa”.
Aquí es importante precisar lo siguiente, con el artículo 295 del COFIPE, cuando había candidatura común que dos o tres partidos postulaban un mismo candidato, apareciendo en la boleta dos o tres veces el candidato postulado si había candidatura común de dos o tres partidos, el elector a veces cruzaba dos emblemas de partido, por decir PRI y Verde o tres si la alianza también era con el PANAL o en la de izquierda PRD, PT y Movimiento Ciudadano, a veces el lector cruzaba una, dos o tres veces en la misma boleta los emblemas de los partidos.
Pero la forma de contar los votos como decía el 295, era igualitaria, ojo no quiere decir que si se cruzan dos emblemas son dos votos o si se cruzan los tres no son tres votos, si se cruza uno no hay problema el voto es para el partido que recibe la cruz y cuenta uno para partido y candidato, si se cruzan dos emblemas postulando al mismo candidato, no son dos votos, es un solo voto para el candidato y el voto para los partidos se divide medio voto para cada uno y así se cuenta a mitades. Pero si el votante cruza tres emblemas y postulan al mismo candidato es un solo voto para el candidato y tercio de voto para la cuenta de cada partido, para su votación de pluris y prerrogativas.
Se pudiera pensar que si tres partidos van en coalición desde luego por un candidato común y se cruza un solo emblema, que sería un voto para cada uno de los partidos coaligados y no es así cuando se cruza un solo emblema, se cuenta como un solo partido para el partido que lo recibe y los demás no les toca nada.
A hora con la nueva legislación ya no habrá candidaturas comunes a nivel federal, habrá solo coaliciones y como bien lo dice Manuel Godina:
“La vigente Ley General de Partidos Políticos, que dispone en el numeral 13 del artículo 87 que “los votos en los que se hubiese marcado más de una opción de los partidos coligados serán considerados válidos para el candidato postulado, contarán como un solo voto y sin que puedan ser tomados en cuenta para la asignación de representación proporcional u otras prerrogativas”, que los otros partidos quieren modificar para su subsistencia y provecho”.
Esta es una propuesta del PAN que fue aprobada por los demás partidos en la nueva reforma electoral pero, posteriormente hubo una nueva aprobación en la Cámara de Diputados, en el sentido de que se volviera a la distribución de votos como lo establecía el 295, o sea dividiendo en mitades o en tercios el voto si se cruzaban dos o tres emblemas, la Cámara de Diputados aprobó, dividir el voto pero el Senado clausuro su periodo de sesiones y no lo aprobó, únicamente lo hicieron los diputados, y todos los partidos excepto el PAN presentaron una controversia Constitucional, para que se apruebe que el voto cuente como uno para el candidato y se divida en mitades o en tercios cuando se crucen dos o tres emblemas.
Manuel Godina agrega: “Así, por primera vez, los partidos Verde Ecologista de México, aliado del PRI; del Trabajo y Movimiento Ciudadano, aliados del PRD, así como Nueva Alianza, no contarán con distribución de votos resultado de sus alianzas electorales, excepto que la Suprema Corte declare inconstitucional lo que es vigente”.
“Un partido pequeño debe convencer a sus militantes y simpatizantes que sufraguen por sus candidatos cruzando su emblema partidista, pero lo que no me convence es que se quieran colgar de los votos de otros partidos más grandes, para seguir con su negocio político, que hasta hoy les ha dado grandes prebendas”.
Lo que se trata es, de que si un elector cruza dos emblemas PT y PRD, cada uno tenga medio voto que le valga esa mitad para su votación y tener derecho a su registro, a las pluris y a las prerrogativas que son en función de los votos recibidos.
No se trata pues de darles a los partidos pequeños votos o medios votos que no reciban, solo recibirán el voto o las partes que les correspondan cuando el elector decida repartir su voto.
Nunca  recibirán los partidos votos que el elector no les haya asignado, precisando que los votos se distribuyen cuando se cruzan emblemas de partidos que van en coalición, porque si se cruzan dos o tres emblemas de partidos no coaligados, el voto es nulo.
El órgano electoral que computa los votos o los funcionarios de casilla no pueden determinar a qué partido darle un voto, cuando el elector cruzo dos o tres emblemas de partidos que postulan un mismo candidato, obvio que elector voto por el candidato, pero a qué partido darle el voto, porque al grande y no al chico, por eso el voto se divide, precisamente para no darle un voto completo a cada partido coaligado.
Hay que considerar que en las próximas elecciones, que no habrá candidaturas comunes, si no únicamente coaliciones, los partidos de la coalición no van ir en un solo logotipo como se había venido haciendo, cuando el elector voto por una coalición y tachaba un circulo en el que estaba al interior del mismo lo tres logotipos, ahí no había problema porque se tachaba un solo circulo que contenía los tres emblemas y en el convenio de la coalición se establecía que porcentaje de votos serían para cada partido, eso ya se a cabo.
Ya no se va permitir que los partidos pacten cuantos votos se reparten, ahora en las coaliciones no habrá un solo logotipo que contenga los emblemas de los partidos coaligados si no que cada partido lleva su emblema por separado postulando al mismo candidato, para que sea el elector el que decida cuantos votos obtiene cada partido, sean votos enteros cuando se tache uno solo o mitades o tercios, cuando se tachen dos o tres.
Cada partido deberá acreditar cuantos votos recibió, enteros en mitades o en tercios, pero para el candidato siempre será un solo voto. 


martes, 15 de julio de 2014

SLIM GANA, PRD PIERDE



América Móvil propietaria de Telmex y Telcel de la familia Slim, en una medida inteligente y audaz tomó la decisión de vender parte de sus activos para evitar cargar con las medidas de regulación asimétrica que debe cumplir por ser agente preponderante en telecomunicaciones.
América Móvil venderá a un nuevo operador independiente para reducir su tamaño a menos del 50% del mercado,  que es el factor que se estableció en la constitución para determinar a esa empresa como preponderante en el sector de las telecomunicaciones.
La medida de la familia Slim está establecida en la propia Ley recién aprobada y se puede decir que la aprobación de las leyes constitucional y secundarias aprobadas en la materia están dando ya sus primeros resultados, porque al vender parte de sus activos,  un nuevo comprador entrará al mercado y habrá más competencia, que es el objetivo de la reforma y América Móvil reducirá su presencia en el mercado y no tendrá así una actividad hegemónica.
América Móvil concentra 67 por ciento del mercado de telefonía fija y 70 por ciento de la celular, así como 66 puntos porcentuales de Internet fijo.
El IFT propuso a América Móvil y Telmex 10 lineamientos para dejar de considerarlos preponderantes en el sector. Aquí las más importantes:
En interconexión se impondrán tarifas asimétricas y un convenio marco de interconexión.
Sobre su infraestructura deberán permitir el acceso a torres, sitios, ductos y derechos de vía bajo bases tarifarias a ser negociadas libremente.
Tendrán que permitir el arrendamiento de enlaces dedicados en materia de interconexión, locales y de larga distancia nacional e internacional.
Sobre roaming, se regularán los servicios mayoristas de usuarios visitantes (roaming), bajo bases tarifarias, a ser negociadas libremente entre las partes.
Deberá permitir el acceso a los operadores móviles virtuales a su red.
Respecto a los usuarios, deberán sujetarse a un control tarifario y se establecen obligaciones en la comercialización de  productos y servicios.  
Si América Móvil deja de ser preponderante no estará obligada a la regulación anteriormente citada.
REACCIÓN FAVORABLE EN LA BOLSA
Las acciones L de América Móvil, que cotiza de forma simultánea en el marcado local y en el de Nueva York, tuvieron un alza de 9.35 por ciento, mientras sus títulos A aumentaron 7.09 puntos porcentuales durante una jornada.
Fue la primera acción de los inversionistas en el mercado bursátil local después del anuncio de la empresa más importante de telecomunicaciones en México, de desincorporar activos para evitar la preponderancia que lo obliga a subsidiar a sus competidores.
América Móvil, empresa de telecomunicaciones controlada por la familia del empresario Carlos Slim Helú, podría recibir entre 10 mil millones y 15 mil millones de dólares por la venta de parte de sus activos, anunciada el martes por la tarde, calcularon analistas financieros.
Carlos Slim, además de ganar dinero con el aumento en las acciones, si vende parte de sus activos recibirá miles de millones de pesos, que podrá invertir para entrar a competir en la televisión.
Con la venta, América Móvil no tendría la obligación de compartir infraestructura propia con sus competidores, a la vez que estaría en posibilidad de solicitar una revisión al título de concesión de Teléfonos de México (Telmex), empresa que está en el origen del consorcio, para participar en el mercado de televisión abierta, más pronto de lo esperado, pues como empresa preponderante tendría que esperar 18 meses  para poder participar en la televisión abierta o de paga, antes de pedir una concesión única de televisión.
NO SUBSIDIARA A LA COMPETENCIA.
De anularse la declaración de preponderancia que pesa sobre América Móvil, quedarán sin efecto las siguientes restricciones impuestas al consorcio de Carlos Slim:
1.- La tarifa impuesta de $0.00 por la interconexión de llamadas de sus competidores; deberá acordarse un precio.
2.- La obligación de compartir su infraestructura, como torres, postes y ductos, a cambio de un pago.
3.- La obligación de acordar el arrendamiento de enlaces dedicados, locales y de larga distancia nacional e internacional
4.- La prohibición de cobrar el roaming, que es el cargo  por conectar una llamada de un usuario que está fuera de su zona de servicio.
5.- La prohibición de adquirir contenidos audiovisuales en exclusiva, como juegos Olímpicos o el Mundial de Futbol.
6.- La posibilidad para que Telmex pida una concesión única que le permita dar televisión en el país.
EL PLAN DE VENTA
La Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), manifestó  que la decisión de AMX “podría transformar las condiciones competencia efectiva en el sector de telecomunicaciones con mayor calidad y mejor precio de los servicios a los usuarios finales.
Por lo anterior, la dependencia destacó que “estará atenta a las solicitudes de autorización que presente el grupo América Móvil ante las autoridades competentes, y a la resolución que sobre las mismas recaigan”.
Si las ventas de activos son aprobadas por autoridades, el consejo y los accionistas, y después se ratifica que la empresa dejó de ser preponderante, América Móvil también quedaría en libertad de participar en otros servicios del sector, como la televisión digital abierta o de paga.
AMX tendría que vender no sólo parte de su infraestructura, sino también una cartera de 21 millones de suscriptores de telefonía celular (de 71 millones que tiene), con un valor de unos mil 464 millones de pesos.
La propia Ley de Telecomunicaciones establece también reglas precisas a Televisa y América Móvil para la venta de activos en le artículo transitorio 12º . Lo que se pretende evitar es que alguna de las dos empresas pretenda evadir la regulación asimétrica con una venta disfrazada de activo.
América Móvil tendrá así que presentar un plan concreto de ventas de activos que tendrán que ser aprobado por el IFT que tendrá que comprobar mediante diversos estudios que efectivamente se reducirá la participación de mercado a menos de 50%.
El artículo 12º transitorio de la nueva legislación de telecomunicaciones, América Móvil tendrá que presentar su propuesta de venta de activos al IFT que tendrá un plazo de diez días para decidir si la propuesta cumple los requisitos para sr analizada.
Posteriormente el IFT tendrá un plazo de 120 días naturales para aceptar o rechazar la propuesta de América Móvil, En caso de ser rechazada, la empresa podrá volver a presentar su propuesta cuantas veces lo desee, pero si es aceptada por el IFT no podrá ya realizar ni un solo cambio a su plan y en su caso de incumplimiento volvería a sr declarada preponderante sin opción de presentar un nuevo plan de desincorporación de activos.
El IFT tendrá que analizar la propuesta de América Móvil en el sector de telecomunicaciones y no un servicio por lo que se descarta que pretenda  vender Telmex y quedarse con Telcel.
Son tres los requisitos básicos que deberá cumplir la propuesta de América Móvil.
El primer es que demuestre que en efecto su participación de mercado se reduce de 50%.
El segundo es que la desincorporación de activos realmente genera condiciones de competencia.
Y el tercero es que no podrá afectarse la cobertura social, por lo que pondría también como muchos han especulado con la venta de la certera de los clientes de prepago que predominan en Telcel y que dejarán de sr rentables.
El primer beneficio para América Móvil es que una vez aceptada la propuesta de desincorporación por parte del IFT, será que se eliminará la tasa cero de interconexión que es una de las medidas asimétricas a las que está sujeta por ser preponderante.
PERO………
América Móvil deberá cumplir con todas las medidas asimétricas como compartir su infraestructura a tasa cero, que le impuso el Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel) al declararla preponderante, hasta que existan condiciones de competencia en el mercado de las telecomunicaciones, aun cuando desincorpore activos, advirtió Humberto Castillejos Cervantes, consejero Jurídico del Ejecutivo Federal.
El consejo jurídico dijo que la decisión de América Móvil  “es producto o es una de las primeras reacciones a la aprobación de la Ley”, pero calculó que la partición de América Móvil, Telmex y Telcel, propiedad de Carlos Slim, tardará más de una año.
 Se debe aclarar es que los concesionarios deben en todo momento compartir infraestructura, aun cuando dejen de ser preponderantes, pero con la difer3encia de que cuando dejen de ser preponderantes será bajo las condiciones de los convenios con libertad tarifaria establecida por las empresas”.
Habrá que esperar a que se formalice la solicitud de desincorporación de activos mientras tanto gracias a las leyes recién aprobadas que tanto ha criticado el grupo de Slim, ya ganaron una millonada con el incremento de las acciones de América Móvil.
Está demostrado por que Carlos Slim, es el hombre más rico del mundo siempre sale ganando.
Los perdedores son los “chuchos” del PRD, o de Slim que se opusieron a estas reformas que benefician a los usuarios y defendieron hasta la ignominia a hombre más rico del mundo, el PRD partido que dice defender a los pobres en ésta se puso del lado del rico.  



miércoles, 2 de julio de 2014

LA PREPONDERANCIA EN TELECOMUNICACIONES



Por acuerdo de  la Junta de Coordinación Política, detalló el sonorense, la Comisión Permanente del Congreso de la Unión convocará el jueves a un periodo extraordinario de sesiones a celebrarse el viernes 4 de julio en el Senado y el martes 8 en la Cámara de Diputados.
El tema único del periodo extraordinario de sesiones que iniciará esta semana será la legislación secundaria en materia de telecomunicaciones, mientras que el marco reglamentario de la reforma energética se discutirá y votará inmediatamente después.
El PRI en el Senado, en voz de Emilio Gamboa, aseguro ayer que no habrá privilegios para nadie y que la legislación secundaria en telecomunicaciones se apegará a la Constitución.
Gamboa subrayo que la ley secundaria se apegará a la Carta Magna para atender a los demandas de los sectores de las telecomunicaciones y radio y televisión, tras la polémica que ha generado que la definición de preponderancia se mida por sector y no por servicios y que sea el Instituto Federal de Telecomunicaciones el que resuelva.
El tema que ha retrasado la discusión de esta reforma es el de la preponderancia, por que el PRD y una parte del PAN quieren que esta sea determinada por servicios y no por sectores como lo establece la reforma constitucional.
La constitución define preponderancia como la presencia nacional en radiodifusión o telecomunicaciones y agentes que cuenten, directa o indirectamente, con participación mayor del 50% del sector, medido este porcentaje ya sea por el número de usuarios suscriptores audiencia, por el trafico de sus redes o por la capacidad utilizada del la misma de acuerdo con los datos que disponga el Instituto Federal de Telecomunicaciones.
El Instituto Federal  de Telecomunicaciones es el encargado de considerar preponderantes a las empresas de radiodifusión (radio y televisión) y de telecomunicaciones (televisión por cable, telefonía fija móvil, datos).
Existe pues dos sectores definidos radiodifusión y telecomunicaciones y los servicios son radio, televisión abierta y de paga; telefonía fija móvil e internet.
El IFT ha determinado ya deberá determinar la existencia de agentes económicos preponderantes de radiodifusión y de telecomunicaciones e impondrá las medidas necesarias para evitar que se afecte la competencia y la libre concurrencia y, con ello a los usuarios finales, e incluirán en lo aplicable, las relacionadas con información, oferta y calidad de servicios, acuerdos en exclusiva, limitaciones al uso de equipo terminales entre redes, regulación asimétrica en tarifas e infraestructuras de red, incluyendo la desagregación de sus elementos esenciales y, en su caso, la separación contable, funcional o estructural de dichos agentes,  entre otras consideraciones.
El IFT resolvió por mandato constitucional, dentro del término previsto la existencia de agentes económicos preponderantes por sector. De hecho, ya determinó que existe un agente económico preponderante en el sector de las telecomunicaciones y otro agente económico preponderante en el sector de radiodifusión; esta resolución fue por unanimidad de los comisionados que integran el Pleno del Instituto bajo la convicción de que es la lectura que cabe del texto constitucional y de los dictámenes que dieron lugar a la reforma constitucional por unanimidad declara la existencia de un agente económico por sector.
Así el IFETEL ha determinado que American móvil de Carlos Slim fuera declarada preponderante en el sector de telecomunicaciones, aunque no presta el servicio de TV de paga, la suma de sus usuarios en el resto de los servicios dentro del sector de las telecomunicaciones como son: telefonía fija y móvil e internet si promedia más del 50% nacional.
A su vez televisa fue declarada preponderante en el sector de radiodifusión por contar más del 50% de los usuarios en televisión abierta
El senador Alejandro Encinas anunció que toda la bancada del PRD votará en favor de que la preponderancia se mida por servicios y no por sector, al aseverar que  “tenemos un acuerdo para ir todos juntos”.
El legislador perredista señaló que en su partido ha quedado claro que habrán de votar por la definición de servicios, porque en las telecomunicaciones se trata de mercados muy amplios y la única manera de ir contra los monopolios es regularlos de ese modo.
Gustavo Madero difundió su punto de vista respecto al contenido de las leyes secundarias en telecomunicaciones y explicó que “si se adoptara el criterio de sectores, no se podrá regular eficientemente”. Dicha posición no es compartida por todo el grupo parlamentario panista, lo que complica la construcción de una alianza con el PRD para hacerle modificaciones sustancias a las iniciativas.
El Dirigente Nacional del PAN declaró que no hay al interior de su bancada uniformidad a que sea por servicio o por sector y que por lo tanto dejara que voten en libertad.
El panista Javier Lozano defendió la propuesta de redacción para definir la preponderancia en las telecomunicaciones por sector y no por servicios, al sostener que “se apega estrictamente a la letra, espíritu e interpretación del texto constitucional y es consistente con la convergencia de redes, servicios en infraestructura”.
El proyecto de redacción del artículo 262 del proyecto de dictamen que alista Lozano Alarcón plantea que:
La Declaratoria de agentes económicos preponderantes por sector “está, firme y vigente”, dado que el Instituto Electoral Federal de Telecomunicaciones (IFT) resolvió conforme la lectura del mandato constitucional; sin embargo, será necesario esperar lo que resuelva el Congreso en la ley reglamentaria correspondiente, advirtió Gabriel Contreras, presidente del IFT.
El presidente del Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel), Gabriel Contreras, aseguró que las empresas de televisión de paga pueden ser reguladas por el organismo a través de la Ley Federal de Competencia Económica (LFCE) que entrará en vigor el próximo 7 de julio para determinar, por ejemplo, si alguna tiene poder sustancial en el mercado.

O sea que aunque la declaración de preponderancia sea por sector como lo señala el texto constitucional, cualquiera de los servicios puede ser regulado por el IFETEL, porque es la autoridad en materia de competencia económica de cualquier mercado del sector de telecomunicaciones, tiene la facultad para investigar si existen condiciones de competencia e imponer medidas como autoridad regulatoria que tengan por objeto que se abuse de un poder de mercado.

REFORMAS DETENIDAS
Son tres los estados que tienen frenada la Reforma Energética en el Senado de la República, porque el PAN no regresará a las Comisiones Unidas hasta que Nuevo León, Jalisco y Guerrero concluyan las nuevas leyes electorales, pues en los casos de Nuevo León y Jalisco ni siquiera tienen reforma constitucional, el mismo PAN el que las frena.
En Nuevo León y en Jalisco tienen detenida la reforma constitucional y, por consiguiente, las leyes secundarias en materia electoral, porque los panistas quieren introducir la figura de “candidaturas comunes” y mantener las reglas actuales en materia de prerrogativas a los partidos políticos, a pesar de que ni en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en las leyes generales existen esas reglas.
En el ámbito federal los panistas insisten en que no van a aprobar las leyes energéticas si los congresos estatales no concluyen sus procesos de leyes electorales.
En Nuevo León habrá elecciones para gobernador y el PAN quiere ir en candidatura común con el PRD y toda la izquierda, como el PT, que tiene alta fuerza política en la entidad para lograr el triunfo sobre el PRI. En Jalisco también busca candidaturas comunes, porque quiere ir con Enrique Alfaro, ex candidato a gobernador por Movimiento Ciudadano, ahora para la alcaldía de Guadalajara, gobernada  actualmente por el PRI.
En Jalisco, por ejemplo, el PAN preside la Comisión de Puntos Constitucionales y no ha convocado para la discusión de la reforma; ayer, los legisladores del resto de las fuerzas políticas llamaron al panismo a cumplir con su deber.

De los 17 estados en que habrá elecciones, en ocho se elegirá gobernador; hasta anoche, en seis ya tienen completa su Reforma Político-Electoral: Colima, Michoacán, San Luis Potosí, Baja California Sur, Querétaro y Sonora; Guerrero está pendiente de leyes secundarias y Nuevo León de la constitucional y las leyes.

En nueve más habrá renovación de congresos y alcaldías; de ellos, ocho ya tienen toda su legislación: Campeche, Chiapas, Guanajuato, Morelos, Yucatán, Estado de México y Distrito Federal. En Tabasco se prevé que hoy por la tarde los legisladores locales aprueben sus leyes secundarias. Jalisco no tiene avance alguno.