martes, 22 de julio de 2014

VOTO PARA CANDIDATO




Hace unos días leí un artículo que publicó en estas páginas del Diario de Colima mi amigo el maestro Manuel Godina, en la que expresa su preocupación por la forma en que se pudieran contar los votos a favor de candidatos y partidos cuando éstos van en coalición, y deciden dos o tres partidos postular al mismo candidato conforme al convenio de la coalición.   
 Manuel Godina hace referencia “a lo entonces dispuesto en el inciso “C” del artículo 295 del ahora extinto Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe): que señalaba “la suma distrital de tales votos se distribuirá igualitariamente entre los partidos que integran la coalición; de existir fracción, los votos correspondientes se asignarán a los partidos de más alta votación”, texto que se quiere revivir”.
“Si yo emito mi voto por el candidato que postule el PRI, cruzando sólo su emblema, no estaría de acuerdo en que mi sufragio también cuente para la suma de otros partidos, como el Verde, el PT o el Panal, si fueran en alianza con un candidato común, sólo para mantenerlos con vida o asignarles plurinominales. Sostengo que se debe votar por un candidato a un cargo determinado postulado por un partido, pero no se debe utilizar mi voto para favorecer también a partidos con los que no simpatizo y menos sufrago. Con las candidaturas ciudadanas se acabaría con esa farsa”.
Aquí es importante precisar lo siguiente, con el artículo 295 del COFIPE, cuando había candidatura común que dos o tres partidos postulaban un mismo candidato, apareciendo en la boleta dos o tres veces el candidato postulado si había candidatura común de dos o tres partidos, el elector a veces cruzaba dos emblemas de partido, por decir PRI y Verde o tres si la alianza también era con el PANAL o en la de izquierda PRD, PT y Movimiento Ciudadano, a veces el lector cruzaba una, dos o tres veces en la misma boleta los emblemas de los partidos.
Pero la forma de contar los votos como decía el 295, era igualitaria, ojo no quiere decir que si se cruzan dos emblemas son dos votos o si se cruzan los tres no son tres votos, si se cruza uno no hay problema el voto es para el partido que recibe la cruz y cuenta uno para partido y candidato, si se cruzan dos emblemas postulando al mismo candidato, no son dos votos, es un solo voto para el candidato y el voto para los partidos se divide medio voto para cada uno y así se cuenta a mitades. Pero si el votante cruza tres emblemas y postulan al mismo candidato es un solo voto para el candidato y tercio de voto para la cuenta de cada partido, para su votación de pluris y prerrogativas.
Se pudiera pensar que si tres partidos van en coalición desde luego por un candidato común y se cruza un solo emblema, que sería un voto para cada uno de los partidos coaligados y no es así cuando se cruza un solo emblema, se cuenta como un solo partido para el partido que lo recibe y los demás no les toca nada.
A hora con la nueva legislación ya no habrá candidaturas comunes a nivel federal, habrá solo coaliciones y como bien lo dice Manuel Godina:
“La vigente Ley General de Partidos Políticos, que dispone en el numeral 13 del artículo 87 que “los votos en los que se hubiese marcado más de una opción de los partidos coligados serán considerados válidos para el candidato postulado, contarán como un solo voto y sin que puedan ser tomados en cuenta para la asignación de representación proporcional u otras prerrogativas”, que los otros partidos quieren modificar para su subsistencia y provecho”.
Esta es una propuesta del PAN que fue aprobada por los demás partidos en la nueva reforma electoral pero, posteriormente hubo una nueva aprobación en la Cámara de Diputados, en el sentido de que se volviera a la distribución de votos como lo establecía el 295, o sea dividiendo en mitades o en tercios el voto si se cruzaban dos o tres emblemas, la Cámara de Diputados aprobó, dividir el voto pero el Senado clausuro su periodo de sesiones y no lo aprobó, únicamente lo hicieron los diputados, y todos los partidos excepto el PAN presentaron una controversia Constitucional, para que se apruebe que el voto cuente como uno para el candidato y se divida en mitades o en tercios cuando se crucen dos o tres emblemas.
Manuel Godina agrega: “Así, por primera vez, los partidos Verde Ecologista de México, aliado del PRI; del Trabajo y Movimiento Ciudadano, aliados del PRD, así como Nueva Alianza, no contarán con distribución de votos resultado de sus alianzas electorales, excepto que la Suprema Corte declare inconstitucional lo que es vigente”.
“Un partido pequeño debe convencer a sus militantes y simpatizantes que sufraguen por sus candidatos cruzando su emblema partidista, pero lo que no me convence es que se quieran colgar de los votos de otros partidos más grandes, para seguir con su negocio político, que hasta hoy les ha dado grandes prebendas”.
Lo que se trata es, de que si un elector cruza dos emblemas PT y PRD, cada uno tenga medio voto que le valga esa mitad para su votación y tener derecho a su registro, a las pluris y a las prerrogativas que son en función de los votos recibidos.
No se trata pues de darles a los partidos pequeños votos o medios votos que no reciban, solo recibirán el voto o las partes que les correspondan cuando el elector decida repartir su voto.
Nunca  recibirán los partidos votos que el elector no les haya asignado, precisando que los votos se distribuyen cuando se cruzan emblemas de partidos que van en coalición, porque si se cruzan dos o tres emblemas de partidos no coaligados, el voto es nulo.
El órgano electoral que computa los votos o los funcionarios de casilla no pueden determinar a qué partido darle un voto, cuando el elector cruzo dos o tres emblemas de partidos que postulan un mismo candidato, obvio que elector voto por el candidato, pero a qué partido darle el voto, porque al grande y no al chico, por eso el voto se divide, precisamente para no darle un voto completo a cada partido coaligado.
Hay que considerar que en las próximas elecciones, que no habrá candidaturas comunes, si no únicamente coaliciones, los partidos de la coalición no van ir en un solo logotipo como se había venido haciendo, cuando el elector voto por una coalición y tachaba un circulo en el que estaba al interior del mismo lo tres logotipos, ahí no había problema porque se tachaba un solo circulo que contenía los tres emblemas y en el convenio de la coalición se establecía que porcentaje de votos serían para cada partido, eso ya se a cabo.
Ya no se va permitir que los partidos pacten cuantos votos se reparten, ahora en las coaliciones no habrá un solo logotipo que contenga los emblemas de los partidos coaligados si no que cada partido lleva su emblema por separado postulando al mismo candidato, para que sea el elector el que decida cuantos votos obtiene cada partido, sean votos enteros cuando se tache uno solo o mitades o tercios, cuando se tachen dos o tres.
Cada partido deberá acreditar cuantos votos recibió, enteros en mitades o en tercios, pero para el candidato siempre será un solo voto. 


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