sábado, 2 de abril de 2011

CASO SILVERIO CAVAZOS

Mucho se ha especulado sobre cuando se sabrá o si se dará a conocer la información relativa a la ejecución del licenciado Silverio Cavazos Ceballos, se ha hablado de plazos, de condiciones, de discreción, para no entorpecer la investigación de que están identificados los autores, de que haya información de detenidos, de si es caso federal o local (fuero común), que si será la Procuraduría General de la República o la del estado, quien dará la información o si lo harán de manera conjunta, etc., etc.

Es la propia Procuraduría General de la República la que ha dado a conocer en qué casos ejerce la instancia federal su poder de atracción de la investigación en el caso de homicidios.

Excélsior publicó el 29 de marzo la siguiente información:”La dependencia deja a gobiernos locales que investiguen la mayoría de los asesinatos ligados al narcotráfico”.

“La procuraduría General de la República (PGR) establece que de las 34 mil 612 homicidios que se cometieron en el país desde que inició el gobierno de Felipe Calderón a diciembre de 2010, la dependencia federal sólo ha ejercido su facultad de atracción en 120 casos, debido a que los homicidios son delitos del fuero común, por lo que compete a los gobiernos estatales esclarecer los asesinatos revelaron funcionarios de la dependencia”.

“Aun así, de los 120 casos atraídos por la PGR en esta administración, ninguno ha sido esclarecido, todos se encuentran en etapas de consignación o investigación”.

“La PGR estipula que para ejercer su facultad de atracción por ejecuciones, las autoridades estatales deben demostrar que existen delitos del orden federal en un homicidio, y con base a pruebas debe demostrarse la incompetencia de la autoridad local para que la dependencia federal tome conocimiento del caso”.

“Sin embargo, existe una facultad discrecional por parte de la dependencia federal, quien a pesar de contar con pruebas de delincuencia organizada en caso de homicidios, la PGR sólo inicia averiguaciones previas por el uso de armas de fuego con las que se generó el asesinato. El caso sigue con la custodia legal de la entidad en donde se perpetró el hecho”.

“Otro de los criterios que establece la PGR, es el artículo 73 Constitucional fracción XXI, donde se precisa que las autoridades federales podrán conocer también de los delitos del fuero común, cuando éstos tengan conexidad con los delitos federales. La dependencia también basa su criterio en el artículo 10 del código federal de procedimientos penales donde se establecen las mismas causas”.

“Para que la PGR pueda de manera inmediata ejercer su atracción en el caso de homicidios, se especifica que estos deben tipificarse como un delito del orden federal y esta norma se cumple sólo cuando se trata de funcionarios públicos federales, policías o elementos de las fuerzas armadas, también cuando se trata de personal o funcionarios de otros países o ataques a oficinas diplomáticas”.

“La facultad de atracción de la PGR, señalan los funcionarios, es muy precisa en el artículo dos del Código Penal Federal, en el que se señala que para atraer casos de homicidio se den actos de terrorismo, acopio y tráfico de armas, tráfico de indocumentados o tráfico de órganos”.

“Entre los casos que la PGR ha ejercido su facultad de atracción se encuentran los ataques a los consulados de Estados Unidos, así como la ejecución de funcionarios de ese país”.

“También tomó el caso del ataque a dos policías estadunidenses del servicio de Inmigración y Control de Aduanas de ese país, como Jaime Zapata”. (Excélsior 29/marzo/2011)

Entre los “casos relevantes” que la procuraduría ha atraído para su investigación son los siguientes:

1.- Asesinatos de 12 policías federales en Michoacán el 14 de julio de 2009.

2.- Asesinato de la empleada del consulado de Estados Unidos en Ciudad Juárez, Lesley A. Enríquez y de su esposo Redelfs Arthur Haycock, un oficial veterano de la policía, el 13 de marzo de 2010.

3.- Multihomicidio de 72 migrantes en San Fernando, Tamaulipas, el 26 de agosto de 2010.

4.- Asesinato de Rodolfo Torre Cantú, candidato del PRI a la gubernatura de Tamaulipas, el 28 de junio de 2010.

5.- Homicidio de Silverio Cavazos ex gobernador de Colima perpetrado el 21 de noviembre de 2010.

6.- Homicidio de un Agente de ICE de Estados Unidos Jaime Zapata el 16 de febrero del 2011.

Está claro, que para la PGR los homicidio que no son del fuero común como el caso de Silverio Cavazos y el del candidato a gobernador de Tamaulipas los atrae para la investigación cuando existe conexión con delitos federales o cuando existe la presunción de quienes participaron, forman parte de algún grupo de la delincuencia organizada o del narcotráfico.

Por eso es explicable que en caso de Colima está trabajando de manera conjunta la procuraduría estatal y la General de la República.

Sobre la conferencia de prensa conjunta que dieron ayer la procuradora Yolanda Verduzco y el licenciado Ignacio Peralta, así como sobre el boletín o el comunicado que se emitió, vamos a organizar este fin de semana una mesa redonda para analizar a detalle su contenido y sobre todo que quisieron decir.

Al momento ya surgen más de 10 preguntas, quizás si convocamos a expertos en enredos y confusiones podemos aclarar las 10 preguntas o aumentarlas, si los expertos nos enredan más, el martes les daremos nuestro punto de vista.

¿QUÉ INTERÉS CON LA CAPACHA?

La oposición panista no podrá argumentar que la gran obra vial que comunica a la Capacha y que recién acaba de inaugurar el gobierno del estado sea una obra de carácter electoral.

Aquí sí Raymundo González Saldaña y su partido o los del PRD, no podrán acusar al gobierno priista de que esa sea una obra hecha con propósitos electorales para comprar el voto de miles de ciudadanos, pues no es el caso, porque los 20 mil potenciales electores que el gobierno ha anunciado se beneficiarán de esa costosa avenida aún no viven en la Capacha y a lo mejor, ni siquiera nacen todavía.

No se podrá argumentar que esta gran obra que comunica a la Capacha le va a redituar muchos votos al PRI, porque en las últimas elecciones, en la casilla de la Capacha lo más que habido son 95 electores que ejercieron su derecho a votar.

Normalmente, esa casilla la pierde el PRI, así que no se podrá argumentar que la obra se hace con el interés de ganarla para el PRI en las próximas elecciones y tampoco, si es que Mario Anguiano ganó esa casilla, se puede pensar que es una muestra de gratitud a los escasos votos priistas que ahí se obtienen.

No, no, esa inversión millonaria del gobierno del estado no es con propósito electoral.

EL LLANTO DE LA MINORIA

Fueron aprobados por el congreso del estado los consejeros electorales. Para su aprobación se requirió, sin duda, la mayoría calificada que establece la legislación y que la determinan los ciudadanos a través del voto, de ahí que la aprobación correspondiente está debidamente legitimada porque lleva el aval de la mayoría calificada de los representantes populares.

La oposición -como es natural, sobre minoría, todo el PAN- habrá de inconformarse como ya lo hizo anteriormente por los nombramientos y la integración de los consejeros del Instituto Electoral, pero el PAN en el congreso local es una minoría y si se quiere, la primera minoría, pero para efectos de votación eso es: minoría.

Desde luego, la oposición, no obstante no haber obtenido la mayoría de votos, pretende siempre que todo se consense y de no hacerse así, la oposición o el PAN en este caso considerará cualquier resolución como ilegal, anti democrática, autoritaria, mayoritoreo, etc., etc.

Por su parte, el PRD será únicamente parte del coro del lloriqueo, porque ni siquiera representación tiene en el congreso del estado, porque así lo quiso y así lo decidió el pueblo de Colima cuando votó, porque quienes dan las mayorías y achica las minorías son los ciudadanos, a través del voto.

Los consensos son naturales, necesarios, obligados, cuando no se reúne la mayoría necesaria en una votación determinada y en ocasiones, el consenso parte de una necesidad democrática, pero en ningún momento el consenso es obligado cuando alguien tiene la mayoría para usarla y ejercerla en función de sus intereses.

Ahora bien, ilegal es no cumplir con el procedimiento aunque se tenga mayoría; en ese caso, el procedimiento deberá ajustarse a lo que dispone la ley, pero cuando el procedimiento observa las formas establecidas y los requisitos señalados, la mayoría convierte en legal la resolución que respeta procedimientos y formas, alguien dijo y lo dijo bien, que las mayorías son para usarse y eso es lo que hizo el PRI: usar su mayoría y reunir los votos necesarios con otros grupos parlamentarios afines.

A su vez, el PAN podrá decir lo que quiera, pero no es antidemocrático usar la mayoría porque, precisamente, la democracia es eso, que las mayorías decidan, que los votos de la gente se cuenten bien y que la mayoría sustente sus actos en el derecho.

Es cierto, la democracia también obliga al respeto de las minorías; por eso, las minorías tienen en los congresos ciertos derechos que la propia ley les concede, para que ejerzan desde el punto de vista legal cualquier acción que consideren que violentes sus derechos como minoría.

La mayoría en la cámara de diputados local es producto del voto popular y nadie puede decir que es una mayoría ilegal, porque, repito, es la gente con su voto la que determina quién tiene la mayoría en la cámara y lo determina para que, en su representación, esa mayoría tome las decisiones pertinentes, el pueblo con su voto decide quien integra la mayoría y no se puede alegar que cuando esa mayoría se ejerce, se violente la ley o la voluntad del pueblo.

Y el PAN, en este caso, si quiere ser el factor determinante en la integración de los organismos electorales, tendrá que ganar el voto popular en las elecciones y tener la mayoría en el congreso. Así de

En mi caso, cuando fui gobernador del estado, no tuve mayoría en la primera legislatura, porque se hizo un bloque opositor al gobierno, entre el PAN y el PRD, que juntos sumaban 10 diputados, la mitad de la cámara, y ahí si era obligatorio buscar el consenso con las minorías agrupadas para llegar a acuerdos y obtener las mayorías necesarias.

En la segunda legislatura de mi gobierno, si bien el PRI tuvo mayoría al principio, después la perdimos y eso no fue impedimento para que hubiera gobernabilidad, porque consensábamos lo que fuera necesario y nada más.

Así que quejarse, o ser minoría, refleja únicamente el fracaso electoral y sobre todo, lloriquear porque un partido utilice su mayoría, es no reconocer, precisamente, ese fracaso electoral.

A Propósito

1.- Felicidades a la Familia Maeva

www.aproposito2004.blogspot.com

No hay comentarios: